Inmobiliaria
29 de Junio de 2022

Viviendas de Uso Turístico (VUT): Todo lo que necesitas saber

Viviendas de Uso Turístico (VUT): Todo lo que necesitas saber

Son muchos los propietarios/as de un inmueble localizado en una zona privilegiada del país. Sin embargo, estos propietarios/as dejan sus residencias para visitar otras ubicaciones durante el período vacacional y desconectar de la rutina.

En este artículo, te explicamos cómo sacar partido a tu residencia convirtiéndola en una vivienda de uso turístico (VUT). Así pues, conceptualizaremos el término vivienda de uso turístico, qué características y peculiaridades deben cumplirse y responderemos a las preguntas más frecuentes que nos hacen los usuarios.

¿Qué es una vivienda de uso turístico (HUT)?

La vivienda de uso turístico (HUT) es aquel inmueble cedido, directa o indirectamente, a un tercero a cambio de un precio. Para considerar la vivienda como turística, la cesión de la propiedad debe ser reiterada (1 o dos veces al año). Además, los períodos de cesión serán iguales o inferiores a 31 días. Para legalizar la vivienda con licencia de uso turístico, debe tramitarse con el Ayuntamiento del municipio donde se encuentre localizado el domicilio.

Las viviendas de uso turístico deben cederse enteras con las plazas que marca la cédula de habitabilidad. No se pueden realizar cesiones parciales o crear nuevas estancias. Por esta información, veremos el siguiente punto.

¿Qué condiciones se necesitan para realizar una vivienda turística?

Las condiciones que debe tener la vivienda para poder obtener la licencia por la vivienda de uso turístico son:

  • Cesión completa de la vivienda.
  • Disponer de cédula de habitabilidad. Además de esto, debe cumplir las condiciones técnicas y de calidad exigibles a las viviendas en general.
  • No se pueden ocupar más plazas de las indicadas en la cédula.
  • Debe estar amueblado y dotado de aparatos y utensilios para su empleo. Además, el inmueble debe estar en buenas condiciones higiénicas.

Las principales obligaciones que tiene el propietario/a de una vivienda de uso turístico

En la mayoría de casos, es el propietario/a quien pasa a ser el titular por la actividad de la vivienda de uso turístico. Así pues, la propiedad será la responsable de obtener la habilitación municipal. Como propietario/a titular, se le exigen una serie de obligaciones regladas que debe cumplir:

  • Facilitar un teléfono de atención inmediata de consultas e incidencias tanto a usuarios como vecinos.
  • Garantizar un servicio asistencial y mantenimiento para el inmueble.
  • Informar a la Dirección General de la Policía sobre el alojamiento de personas. Habrá que seguir la normativa de seguridad ciudadana e informar sobre los nuevos inquilinos.
  • Recaudar el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos (IEET). Este caso significa que el turista en la vivienda de uso turístico está obligado al pago de este impuesto al término de la estancia. El propietario o la entidad gestora encargada deberá presentar la liquidación ante la Agencia Tributaria de la CCAA.
  • El requerimiento de la cesión de la vivienda de uso turístico. Solamente en caso de que los usuarios incumplan las reglas básicas de la convivencia o las ordenanzas municipales dictadas.

Desde el 26 de agosto de 2020, las viviendas habilitadas con anterioridad y que tengan una capacidad superior a 15 plazas (conforme a la cédula de habitabilidad), no están sometidas a la limitación de 15 plazas. Simplemente, aplicará esta limitación si existe un cambio de titularidad.

Así pues, el propietario/a de la vivienda de uso turístico pasa a tener un papel responsable en la puesta en marcha del inmueble. Sin embargo, la comercialización y la gestión de la vivienda podrá cederla a un tercero.

¿Cómo dar de alta y legalizar una vivienda de uso turístico?

Para dar de alta una vivienda de uso turístico, tendrás que tramitar la licencia necesaria. La licencia de vivienda turística se obtiene a través de los siguientes pasos:

  • Primeramente, es necesario presentar una comunicación previa de inicio de actividad ante el Ayuntamiento municipal de la vivienda. Esta comunicación debe estar formalizada debidamente por el propietario o la entidad gestora. El propio Ayuntamiento se ocupará de trasladar la comunicación anterior al Registro de Turismo de Cataluña (RTC) de la Generalitat.
  • Segundo, el Registro de Turismo de Cataluña procederá a dar un número de inscripción de la vivienda (NIRC). El número de inscripción deberá constar en cualquier publicidad y/o anuncio del inmueble.
  • Por último, esta inscripción proporcionará un número que indica la legalización de la licencia de la vivienda turística (HUTG-). Por tanto, este número es una garantía legal.

A todo ello, cabe añadir que el trámite de la licencia únicamente puede realizarse por internet. Por otra parte, también puede haber motivos para la prohibición de la licencia de uso turístico. Los casos más probables por la ilegalización de la licencia serán:

  • La prohibición por la ordenación de usos del sector del municipio.
  • Por los estatutos de la Comunidad debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad en edificios sometidos al régimen de Propiedad Horizontal.

¿Qué ocurre si no se regulariza el uso turístico de la vivienda?

En caso de que no se regularice el uso turístico de una vivienda, esta sería de actividad ilegal. Debe pasarse por el procedimiento mencionado anteriormente. De lo contrario, el propietario podría ser sancionado.

Las sanciones podrían oscilar entre:

  • 3.000 € si se considera una infracción leve.
  • 30.000 € en caso de ser una infracción grave.
  • Si se considera una infracción muy grave podría acarrear una multa de hasta 600.000 euros.

Por estos casos, tanto el propietario/a como la gestora son responsable de las infracciones e incumplimientos. Por tanto, la responsabilidad recaerá en ellos en el caso de saltarse la normativa sectorial turística y la de vivienda.

Preguntas frecuentes sobre la vivienda de uso turístico

¿Cómo actuar ante la sospecha de una posible vivienda de uso turístico ilegal en la finca?

Se debe formalizar una denuncia en la Dirección General de Turismo. Previamente, deberá comprobarse que el inmueble no esté inscrito en el Registro de Turismo de Cataluña y no cuenta con la habilitación municipal correspondiente.

¿Qué diferencia una vivienda turística de un apartamento turístico?

Una vivienda de uso turístico es aquella propiedad cedida a un tercero a cambio de una contraprestación económica por tiempo menor a 31 días. Por otro lado, un apartamento turístico está considerado un establecimiento que presta un servicio de alojamiento temporal. En el caso de los apartamentos turísticos, no es necesario disponer de la cédula de habitabilidad por ser inmuebles de carácter no residencial en los que los propietarios suelen ser empresas. Las viviendas de uso turístico son unidades residenciales donde la propiedad es individual. Las normativas a operar en ambos casos son diferentes.

¿Quién legaliza la vivienda de uso turístico?

El órgano regulador será la Dirección General de Turismo. Esta entidad es quien legalizará la vivienda y entregará un número de inscripción (NIRC) que deberá utilizarse en la publicidad y promociones.

¿Cuándo se puede empezar la actividad de vivienda de uso turístico?

Desde el mismo momento en que el propietario presenta la declaración responsable ante la Ventanilla Única Empresarial (FUE).

¿Qué diferencia existe entre alquiler turístico y alquiler de vacaciones?

Principalmente, la legislación es distinta en ambos casos. Los alquileres vacacionales se rigen por las normativas de las viviendas de uso turístico. Es decir, los alquileres de vacaciones deben ser inferiores a 31 días. Por otra parte, los alquileres turísticos o de temporada comprenden períodos de entre 32 días y 11 meses.

¿Existe algún tipo de limitación para el propietario en la normativa turística?

No, la normativa es neutra en los aspectos de residencia o empadronamiento de la vivienda. Sin embargo, si estás dentro de la actividad de la vivienda de uso turístico, el propietario/a no podrá alegar su condición de domicilio para impedir una inspección a las autoridades competentes.

¿Cómo saber si una vivienda es turística?

Por el número de inscripción de la vivienda (NIRC) que da el Registro de Turismo. Además, es un número que debe constar en todas las comercializaciones para verificar la legalización de la actividad.

Para más información, ponte en contacto con nuestro Departamento de Fincas en el 93 872 32 22 o [email protected].

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