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Valores catastrales y todo lo que se deriva
Le han modificado el valor catastral? ¿Sabe todo lo que se deriva? ¿Sabe a qué impuestos afecta? ¿Sabe qué intereses tiene la administración a la hora de fijarlos?
¿Cuántas veces hemos visto un recibo de IBI y hemos pensado que el valor catastral era, como mínimo, extraño? En Manresa (como en otros lugares) encontramos muchos recibos de pisos donde el valor del terreno supera el de la construcción (raro, ¿no?), O valores catastrales que superan en dos o tres veces el valor real (en terrenos industriales de polígonos con poca demanda, por ejemplo).
El valor catastral afecta impuestos como el IRPF, el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales, el Impuesto de sucesiones y donaciones y finalmente también a la plusvalía, además, evidentemente, del IBI que pagamos a los Ayuntamientos.
La afectación sobre los diferentes impuestos no es la misma:
- En el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y el de sucesiones y donaciones simplemente un valor más alto del valor significa un mayor impuesto a pagar, cuanto más alto el valor catastral más impuesto.
- En el IBI un valor catastral más alto significa también pagar más. Aunque hay que decir que normalmente, cuando hay una revisión catastral, los Ayuntamientos ajustan sus coeficientes para suavizar las subidas del IBI a pagar (o para evitar las descargas cuando los valores catastrales bajan).
- En la plusvalía es donde empezamos a ver los intereses que puede tener la administración para poner un valor más alto al terreno que a la construcción. La plusvalía toma como referencia sólo el valor del terreno, esto hace que los Ayuntamientos les interese mucho que en los valores catastrales estén mucho más valorados los terrenos que las construcciones.
- En el IRPF también hay incentivos a que el valor del terreno sea más alto. Lo es en los casos en que el inmueble está alquilado. De los ingresos que obtenemos podemos descontar hacernos la amortización como gasto, pero la amortización sólo cuenta sobre la parte del valor de la construcción, no del terreno. Cuanto más alto el valor del terreno menos valor de la construcción y por tanto menos amortización (gasto) y finalmente más IRPF a pagar.
Finalmente, comentar que Hacienda modificó hace un par de años las imputaciones a la renta de los inmuebles que tenemos que no son nuestra vivienda habitual y que no tenemos alquilados, en una subida importante de impuestos "camuflada" como cambio normativo. Ya hace un par de años que esta imputación es de un 1,1% si el inmueble tiene un valor catastral con menos de 10 años de antigüedad y un 2% si este valor tiene más de diez años. En las últimas campañas de renta nos estamos encontrando que revisiones catastrales realizadas entre 2001 y 2006, cuando se fijaban valores muy altos, han comenzado a tributar a un 2% en vez del 1,1% y esto ha aumentado la renta de las personas en esta situación.
Si tiene valores catastrales "extraños" se puede intentar que la administración haga una reconsideración (con pocas posibilidades de éxito si no son casos flagrantes). En cualquier caso, no estaría de más que los Ayuntamientos que tienen ponencias catastrales demasiado sesgadas, favoreciendo el valor de los terrenos, hicieran un esfuerzo para modificarlas.
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