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Planes de pensiones: Nuevo criterio a aplicar en las retiradas del importe como capital
De nuevo, los tribunales dejan en evidencia los criterios de lo AEAT, esta vez en la interpretación de la norma en la hora de retirar estos productos, no como renta mensual, sino como capital.
Cuando un contribuyente tenía más de un plan de pensiones, hacienda solo aceptaba la reducción del 40% de las aportaciones hechas hasta el año 2007 en uno de los planes, el contribuyente tenía que elegir, y siempre dentro del plazo de dos años desde el "hecho causante" (los diversos que incluye la normativa).
A partir de ahora, y a raíz de la resolución del TEAC, el criterio cambia, y el 40% se podrá reducir de todos los planes de pensiones que tenga el contribuyente siempre que sean dentro del plazo establecido de los dos años. El criterio restrictivo que usaba lo AEAT ha quedado superado por esta resolución y lo AEAT lo tendrá que aplicar.
Además, quien no haya podido aplicar esta reducción en los últimos años por este motivo, podrá hacer una complementaria de su declaración y obtener el ingreso indebido.
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